"Voy a registrar mi canción en APDAYC." Esa frase, tal cual, mezcla tres cosas distintas que hacen tres instituciones distintas. Y esa confusión hace que muchos músicos peruanos dejen dinero sin cobrar durante años, o paguen por trámites que no necesitaban. Vamos a ordenarlo.
Lo primero: tu canción ya es tuya
En Perú el derecho de autor nace en el momento en que creas la obra. No necesitas registrar nada para ser el autor de tu canción. Ya lo eres desde que la terminaste.
Entonces, ¿para qué sirven los registros? Para dos cosas muy concretas: probar que eres el autor si algún día hay una disputa, y cobrar el dinero que tu música genera cuando otros la usan.
Son dos objetivos distintos y por eso hay instituciones distintas.
Las tres instituciones, en una línea cada una
APDAYC: te paga como autor y compositor
Es la sociedad de gestión colectiva del derecho de autor. Recauda cuando tu composición se usa en público: radio, televisión, conciertos, bares, discotecas, centros comerciales.
Le paga a quien escribió la canción, la letra o la música. Si tú compusiste, esto te toca a ti aunque no la cantes.
UNIMPRO: te paga como intérprete y productor
Gestiona los derechos conexos: lo que corresponde a quien interpretó la grabación y a quien la produjo, que es algo diferente de quien la compuso.
Si grabas un cover, tú no cobras por la composición (esa es del autor original), pero sí te corresponde el derecho conexo por tu interpretación y por el fonograma.
UNIMPRO es además la agencia nacional que asigna los códigos ISRC en Perú, designada por la IFPI.
INDECOPI: te da la prueba, no el dinero
La Dirección de Derecho de Autor de INDECOPI lleva el registro público de obras. Ahí obtienes un certificado que sirve como medio de prueba si alguien usa tu canción sin permiso.
INDECOPI no recauda ni te paga regalías. Es el papel que sacas cuando hay un problema.
APDAYC: los requisitos reales para afiliarte
Aquí está el dato que sorprende a casi todos: necesitas tener al menos una canción ya distribuida comercialmente para poder afiliarte. Es decir, tu música tiene que estar sonando en Spotify, YouTube, Apple Music, Deezer o similares, o haber salido en radio, televisión, eventos o formato físico.
No es "me afilio y después publico". Es al revés: primero publicas, después te afilias.
Los documentos que piden para el trámite:
- RUC activo de segunda categoría. Sí, necesitas RUC. Es el que corresponde a rentas por derechos de autor.
- Copia del DNI.
- Foto tipo pasaporte.
- Cuenta bancaria con su código CCI, que es donde te van a depositar.
- La prueba de difusión: el link directo a tu canción si es streaming; audio o video donde se identifique claramente título y autor si fue radio, televisión o evento; y si es formato físico, la carátula con tus datos.
Hay dos casos especiales que conviene conocer. Si compusiste junto a alguien que ya es socio de APDAYC, basta con referenciar la obra registrada y no te piden probar difusión. Y si el autor es menor de edad, se necesita el DNI y RUC del apoderado más una cuenta mancomunada.
Registrar la obra en APDAYC
El registro de canciones se puede hacer presencial o por el portal virtual. Para el trámite presencial se lleva todo en un USB:
- El audio en MP3 o WAV.
- La letra en un archivo Word.
- Si la obra ya está difundida, un Word con los links donde se puede escuchar.
- Si es una obra inédita, el voucher del pago correspondiente.
Esa es la diferencia práctica entre obra difundida e inédita: la difundida se acredita con links, la inédita se paga.
INDECOPI: cuánto cuesta y cuánto demora
El registro de obra ante la Dirección de Derecho de Autor es un trámite que hoy se hace de forma virtual. Las referencias públicas indican una tasa alrededor de S/ 195.25, con una modalidad de registro virtual más barata, del orden de S/ 136.50. El plazo de evaluación es de 30 días hábiles, y puede estirarse hasta 120 días si la solicitud recibe observaciones.
Para una obra musical piden la partitura o un soporte con el audio, copia de la obra, DNI del autor y el voucher de la tasa. Si el titular no es el autor, hay que adjuntar el contrato de cesión.
Importante: estas tasas se actualizan periódicamente. Antes de pagar, confirma el monto vigente en el TUPA de INDECOPI o en su plataforma de trámites.
¿Vale la pena registrar en INDECOPI?
Depende de qué estés protegiendo. Mi lectura práctica:
- Si estás lanzando tu primer single: probablemente no. El derecho ya es tuyo, y tienes evidencia de autoría en la fecha de publicación, los archivos del proyecto y los correos con tu productor. Los S/ 195 rinden más en el master.
- Si tu canción empezó a moverse de verdad: sí. Cuando hay dinero de por medio, tener el certificado te ahorra una pelea larga.
- Si vas a ceder derechos, firmar con un sello o licenciar para publicidad o cine: sí, y antes de firmar.
- Si compusiste con otras personas: vale la pena, sobre todo para dejar por escrito los porcentajes de cada uno mientras la relación está bien.
El orden que recomiendo
- Termina y masteriza la canción. Guarda los archivos del proyecto con sus fechas.
- Define los porcentajes de autoría por escrito si compusieron varios. Un documento simple firmado hoy evita un conflicto en tres años.
- Publica con tu distribuidora, declarando bien los créditos de composición.
- Afíliate a APDAYC ahora que ya cumples el requisito de difusión, y registra tus obras.
- Evalúa UNIMPRO si eres además el intérprete o el productor del fonograma, que en el caso de un artista independiente suele ser lo normal.
- Registra en INDECOPI cuando la canción lo justifique.
Preguntas frecuentes
Si me afilio a APDAYC, ¿cobro por mis reproducciones en Spotify?
No directamente. Las regalías de streaming te las paga tu distribuidora. APDAYC recauda por comunicación pública, que es otra cosa: radio, televisión, locales, eventos. Son dos flujos de dinero distintos y no se pisan.
¿Necesito RUC para publicar en Spotify?
No. El RUC de segunda categoría te lo van a pedir en APDAYC, no la distribuidora.
Grabé un cover. ¿Puedo registrarlo como mío?
No. La composición sigue siendo del autor original y a él le corresponde el derecho de autor. Lo que sí te corresponde es el derecho conexo por tu interpretación y por la grabación. Y para publicar el cover legalmente necesitas la licencia correspondiente.
¿Puedo estar en APDAYC y en una sociedad de otro país a la vez?
Normalmente te afilias a la de tu país de residencia, y esa sociedad tiene convenios de reciprocidad con las del resto del mundo para recaudar lo que generes fuera. Afiliarte a dos por la misma obra genera conflictos; consúltalo antes.
¿Cuánto cuesta afiliarse a APDAYC?
No publican el monto en su web. Es la pregunta que conviene hacer directamente a la institución antes de iniciar el trámite, junto con el costo del registro de obras inéditas.
¿Y el código ISRC, lo pido a UNIMPRO?
UNIMPRO es la agencia oficial en Perú, pero para la mayoría de artistas no hace falta: tu distribuidora te asigna los ISRC gratis con cada lanzamiento. Aquí explico cuándo sí conviene tener los tuyos.
¿Tu canción todavía no está lista para publicarse?
Producción, mezcla y mastering profesional en A Dúo Studio. Presencial en Lima o remoto para el resto del país.
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